Expedición del permiso para el transporte privado de personas por las vías generales de comunicación
¿Qué es el tramite de Expedición del permiso para el transporte privado de personas por las vías generales de comunicación
Este trámite permite que las personas físicas o morales que desean transportar personas vinculadas con los mismos fines, sin que por ello se genere un cobro, puedan obtener el permiso expedido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) requerido para llevar a cabo la trasportación privada a través de las vías generales de comunicación.
¿Cómo se hace tramite de Expedición del permiso para el transporte privado de personas por las vías generales de comunicación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Expedición del permiso para el transporte privado de personas por las vías generales de comunicación
Este trámite permite que las personas físicas o morales que desean transportar personas vinculadas con los mismos fines, sin que por ello se genere un cobro, puedan obtener el permiso expedido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) requerido para llevar a cabo la trasportación privada a través de las vías generales de comunicación.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Pre-registro en caso de trámite presencial o solicitud con e.firma para el trámite en línea |
Original y Copia |
Documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona solicitante |
Original y Copia |
En caso de ser persona física: • Acta de nacimiento, cartilla, certificado de nacionalidad, carta de naturalización o pasaporte vigente • Comprobante de domicilio fiscal • Identificación oficial vigente (Credencial para votar emitida por el IFE o el INE, cédula profesional, cartilla de identidad del servicio militar nacional o pasaporte) |
Original y Copia |
En caso de ser persona moral: • Documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona solicitante • Comprobante de domicilio fiscal • Acta constitutiva o, en el caso de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), representación gráfica (constancia) del contrato social o acto constitutivo electrónico y boleta de inscripción en el Registro Público de Comercio emitidas por el Sistema electrónico de SAS |
Original y Copia |
Acreditar la propiedad o legal posesión del vehículo, mediante factura, carta factura vigente o contrato de arrendamiento vigente |
Original y Copia |
Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por el equivalente a 19,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por vehículo o fondo de garantía |
Original y Copia |
Póliza del seguro de viajero por 3,160 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por pasajero o fondo de garantía vigente |
Original y Copia |
Certificado de emisión de contaminantes vigente del último periodo o constancia de exención |
Original y Copia |
Dictamen de condiciones físico-mecánicas (sólo vehículos con antigüedad mayor a dos años y con antecedente de haber prestado el servicio público federal) o constancia de exención |
Original y Copia |
En el caso de unidades de procedencia extranjera, acreditar su legal importación, estancia o tenencia en el país |
Original y Copia |
En caso de realizar el trámite a través de representante legal o apoderado legal: • Poder o carta poder, otorgado ante fedatario público • Identificación oficial vigente (Credencial para votar emitida por el IFE o el INE, cédula profesional, cartilla de identidad del servicio militar nacional o pasaporte) • Documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) • Comprobante de domicilio fiscal |
Original y Copia |
Nota:
1. Tipo de vehículo autorizado por modalidad y fecha límite que podrá operar en este servicio:
A. Autobús integral o convencional de más de 30 personas.
Fecha límite de operación (tiempo máximo que se autoriza para prestar el servicio): 15 años contados a partir del año de su fabricación.
B. Vagoneta integral tipo van, con capacidad de 10 y hasta 23 personas.
Fecha límite de operación (tiempo máximo que se autoriza para prestar el servicio): 10 años contados a partir del año de su fabricación.
C. Vagoneta con capacidad mínima de 9 y máxima de 15 pasajeros.
Fecha límite de operación (tiempo máximo que se autoriza para prestar el servicio): 10 años contados a partir del año de su fabricación.
2. No se autorizará el alta vehicular a vehículos que por su año modelo de fabricación no aseguren que permanecerán en el servicio, por lo menos, dos años calendario completos en operación.
3. Para el trámite en línea todos los documentos se deberán adjuntar digitalmente y firmar electrónicamente.
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Presencial |
$4,320.00 mxn |
Electrónico |
$3,295.00 mxn |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Acude a la Dirección General de Autotransporte Federal, ubicada en Calzada de las Bombas No. 411, Col. Los Girasoles, Delegación Coyoacán, C.P. 04920, Ciudad de México, Cuarto Piso en la Dirección de Trámites de Servicios de Autotransporte Federal en el Centro SCT Baja California, a través del Departamento de Autotransporte Federal en Mexicali o en el Centro SCT Puebla a través de su Departamento de Autotransporte Federal.
Horario de atención: De 9:00 a 14:00 horas.
Vía telefónica (informes): Tel 57239300 Ext. 20103
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