Solicitud de Modificación Técnica de Registro de Plaguicidas por Cambios en los inertes de una formulación
¿Qué es el tramite de Solicitud de Modificación Técnica de Registro de Plaguicidas por Cambios en los inertes de una formulación
Modificación de los ingredientes inertes en una formulación de un Registro Sanitario de Plaguicidas previamente autorizado.
¿Cómo se hace tramite de Solicitud de Modificación Técnica de Registro de Plaguicidas por Cambios en los inertes de una formulación
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Solicitud de Modificación Técnica de Registro de Plaguicidas por Cambios en los inertes de una formulación
Modificación de los ingredientes inertes en una formulación de un Registro Sanitario de Plaguicidas previamente autorizado.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
|---|---|
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Escrito libre en hoja membretada y firmada por la persona que esté legalmente facultada, en donde el interesado describa el cambio de inertes en la formulación y se especifiquen las razones del mismo |
Original |
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Formato oficial de solicitud de registro PLAFEST debidamente requisitado, firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, en cuyo caso deberá imprimir su huella digital |
Original |
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Documento que acredite la personalidad jurídica del promovente, cuando se trate de personas morales o se actúe en representación de otro, el número de referencia del Registro de Personas Acreditadas o el número de referencia del trámite en el que haya acreditado previamente la personalidad jurídica en caso de haber realizado algún otro trámite ante COFEPRIS y, en su caso, documento en el que se designen las personas autorizadas para oír y recibir documentos y notificaciones |
Original y Copia |
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Comprobante de pago de derechos en la forma autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por la cantidad establecida en la Ley Federal de Derechos vigente |
Original y Copia |
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Aviso de funcionamiento para el caso de las comercializadoras o número de licencia sanitaria para el caso de fábricas o formuladoras de plaguicidas |
Original y Copia |
Nota: La documentación referida, es con base a lo requerido en los artículos 10, fracción I, 19, fracción IV y 20, fracción VIII del Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos, en su última publicación en el D.O.F. de fecha 13 de febrero de 2014 y de conformidad con la NOM-232-SSA1-2009, Plaguicidas, que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico.
1.La información solicitada, podrá expresarse en escrito libre, en hoja membretada y que contenga la firma autógrafa de la persona que esté legalmente facultada para realizar el trámite.
2.El interesado presentará la documentación requerida para el trámite en original que ostente la firma autógrafa de su emisor y una copia. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar otra copia del formato de solicitud debidamente requisitado.
Según convenga al interesado, los documentos podrán ser presentados en copia certificada o, en su defecto, en original que ostente la firma autógrafa de su emisor o copia certificada y copia simple, para el efecto de su cotejo y la devolución de aquel al promovente.
3.Solo serán aceptados los estudios sobre propiedades fisicoquímicas, toxicológicas, ecotoxicológicas, de destino ambiental y físicas que corresponden al tipo de formulación, desarrollados conforme a las guías reconocidas por organismos internacionales. Cuando no exista una guía reconocida internacionalmente se deberá describir el método utilizado e incluir la justificación correspondiente.
Los estudios serán realizados por laboratorios que cuenten con un sistema de aseguramiento de calidad, es decir cuando el laboratorio aplica lineamientos internacionales o nacionales aceptados por la ISO, o bien se rige por lineamientos propios de buenas prácticas; o por un tercero autorizado, para tal efecto de conformidad con las disposiciones aplicables.
Cuando el estudio sea realizado en cualquier otro idioma distinto al español y al inglés, deberá presentar un resumen del mismo, traducido al español por perito traductor que cuente con cédula profesional en la materia.
Asimismo, serán aceptados los estudios y metodologías conocidos internacionalmente como:
- “Guías para el Ensayo y Evaluación de Productos Químicos” (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico)
- “Lineamientos sobre Criterios Ambientales para el Registro de Plaguicidas” (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación)
- “Manual sobre Elaboración y Empleo de las Especificaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y de la Organización Mundial de la Salud para Plaguicidas”(Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América)
- “Las Guías de Prueba Armonizadas: Prevención, Plaguicidas y Sustancias Tóxicas”(Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América)
- “Métodos Analíticos desarrollados por el Consejo Internacional para la Colaboración sobre Plaguicidas”.
4. La carta original emitida por el proveedor en hoja membretada donde autorice el acceso a la información (físico-química, física que corresponda al tipo de formulación o bien toxicológica, ecotoxicológica y de destino ambiental) deberá ostentar la firma autógrafa de su emisor.
Cuando el interesado no cuente con la información requerida (físico-química, física que corresponda al tipo de formulación o bien toxicológica, ecotoxicológica y de destino ambiental) deberá presentar una carta expedida por el proveedor que autorice el acceso a la información del producto que éste haya registrado previamente, el cual debe ser el mismo que el interesado pretenda registrar.
En caso de que el proveedor no esté autorizado para usar la información mencionada, el interesado deberá presentar una carta por quién esté facultado para autorizar el uso de la misma, ya sea a favor del proveedor respecto de terceros o directamente a favor del interesado y de conformidad con la NOM-232-SSA1-2009, Plaguicidas, que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico.
| Documento requerido | Presentación |
|---|---|
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Registro Sanitario previamente autorizado, que se pretende modificar |
Original y 2 Copias |
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Identidad y composición de la formulación previamente registrada y de la formulación con cambio:
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Original y 2 Copias |
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Categoría de peligro de acuerdo a las disposiciones vigentes. Presentar los cálculos para la clasificación, para el caso de ingrediente activo podrá presentar los estudios correspondientes que soporten este requisito y para el caso de los ingredientes inertes podrá presentar las hojas de seguridad o de la fuente de la cual se tomó el dato o los datos de toxicología aguda |
Original y 2 Copias |
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Proyecto de etiqueta que cumpla con la legislación vigente aplicable |
Original y 2 Copias |
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Dictamen técnico de efectividad biológica emitido por SAGARPA a nombre de la empresa que pretende registrar el producto. Cuando el dictamen técnico no esté a nombre de la empresa solicitante del registro, además del número de dictamen, deberá presentar oficio emitido por SAGARPA en el que se da por enterada de la cesión de derechos del dictamen, o bien, del acceso a la información de la efectividad biológica y su dictamen técnico vigente |
Original y 2 Copias |
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
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Por la solicitud de modificación técnica de registro de plaguicidas. Por cambios en los inertes de una formulación, se pagara de acuerdo a lo siguiente:
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Monto variable |
Nota: Para obtener hoja de ayuda ingresa aquí.
Para mayor información respecto al trámite y la forma de efectuar el pago de derechos, consulte la sección “Más Información”.
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Oklahoma No. 14, Nápoles, Benito Juárez, Código Postal 03810, Ciudad de México, el trámite se atiende con previa cita (por Internet o Centro de Atención Telefónica al 01 800 033 50 50).
Para dudas en relación al llenado de formato o requisitos: Acudir al Centro Integral de Servicios al área del Módulo de Información o llamar al Centro de Atención Telefónica de la COFEPRIS al 01 800 033 50 50.
Horario de atención de lunes a viernes:
- Para ingreso de trámites con previa cita 08:30 a 14:00 horas y 16:00 a 18:00 horas.
- Para módulo de informes de 08:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
- Para entrega de resolución de trámites sin cita: 08:30 a 14:00 horas o con previa cita de 16:00 a 18:00 horas.
Si usted se encuentra en el interior de la República, podrá ingresar su trámite en los Centros Integrales de Servicios o ventanillas de atención al público de las Comisiones Estatales para la Protección contra Riesgos Sanitarios u oficinas de regulación sanitaria de cada entidad. Con base en cada uno de los acuerdos de coordinación que existen entre las entidades Federativas y COFEPRIS.
Consulta los Centros Integrales de COFEPRIS aquí.
Servicio de mensajería: Puedes hacernos llegar tu trámite vía mensajería de tu preferencia al Centro Integral de Servicios de la COFEPRIS, y adjuntar una guía prepagada de mensajería para el envío de la respuesta. El teléfono para corroborar el número de ingreso y seguimiento de su solicitud es 01 (800) 420 42 24.





