Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente
¿Qué es el tramite de Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente
Te permite registrar un plaguicida que funciona para controlar algún tipo de plaga en animales de casa como: perros, gatos, aves, etc.; y en establos como: caballos, puercos, etc.; cuya manera de aplicar únicamente es en la piel de estos seres vivos; dicho producto contiene la sustancia con propiedades iguales a las de un técnico u otro con algunas características (ejemplo: impurezas o toxicidad), pero hecho por diferentes fabricantes.
¿Cómo se hace tramite de Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente
Te permite registrar un plaguicida que funciona para controlar algún tipo de plaga en animales de casa como: perros, gatos, aves, etc.; y en establos como: caballos, puercos, etc.; cuya manera de aplicar únicamente es en la piel de estos seres vivos; dicho producto contiene la sustancia con propiedades iguales a las de un técnico u otro con algunas características (ejemplo: impurezas o toxicidad), pero hecho por diferentes fabricantes.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Formato de PLAFEST debidamente requisitado |
Original y Copia |
Comprobante de pago de derechos, en términos de la Ley Federal de Derechos |
Original y 2 Copias |
Documento que acredite la personalidad jurídica del promovente, cuando se trate de personas morales o se actúe en representación de otro, el número de referencia del Registro de Personas Acreditadas o el número de referencia del trámite en el que haya acreditado previamente la personalidad jurídica en caso de haber realizado algún otro trámite ante COFEPRIS y, en su caso, documento en el que se designen las personas autorizadas para oír y recibir documentos y notificaciones |
Original y Copia |
Aviso de funcionamiento para el caso de las comercializadoras o número de licencia sanitaria para el caso de fábricas o formuladoras de plaguicidas y nutrientes vegetales |
2 Copias |
Carta del proveedor que ostente la firma autógrafa de su emisor y este emitida en hoja membretada de la empresa, que especifique: En el caso de plaguicidas nacionales:
En el caso de plaguicidas de importación:
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Original y Copia |
Carta de acceso a la información (físico-química, física que corresponda al tipo de formulación o bien toxicológica, ecotoxicológica y de destino ambiental) que ostente la firma autógrafa de su emisor y este emitida en hoja membretada |
Original y Copia |
Requisitos técnicos |
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Identidad y composición:
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Original y Copia |
Propiedades Físico-químicas:
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Original y Copia |
Métodos analíticos:
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Original y Copia |
Información toxicológica: estudios toxicológicos del ingrediente activo a registrar, presentando el nombre del autor, laboratorio o institución que realizaron la investigación:
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Original y Copia |
Para el caso de los productos destinados a la preservación de la madera y las pinturas antiincrustantes se deberán presentar los requisitos ecotoxicológicos y de destino ambiental del ingrediente activo a registrar, presentado el nombre del autor, laboratorio e institución que realizaron la investigación:
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Original y Copia |
Estudio de estabilidad de vida de anaquel acelerada o real:
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Original y Copia |
Biocidas Formulados: Requisitos técnicos
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Original y Copia |
Aspectos relacionados con el uso:
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Original y Copia |
Estudio de estabilidad en almacenamiento que determine la vida útil del producto en semanas y análisis del contenido porcentual del ingrediente activo antes y después del almacenamiento |
Original y Copia |
Categoría de peligro de acuerdo a las disposiciones vigentes. Presentar los cálculos para la clasificación, para el caso de ingrediente activo podrá presentar los estudios correspondientes que soporten este requisito y para el caso de los ingredientes inertes podrá presentar copia de las hojas de seguridad o copia de la fuente de la cual se tomó el dato o los datos de toxicología aguda |
Original y Copia |
Proyecto de etiqueta que cumpla con lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas aplicables:
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Original y Copia |
Cuando exista un registro de un biocida técnico formulado en los Estados Unidos Mexicanos y este se pretenda registrar como plaguicida, se deberán presentar los requisitos ecotoxicológicos y de destino ambiental que le aplican al correspondiente tipo de plaguicida a registrar |
Original y Copia |
Además, se deberá presentar la información y documentación requerida por la fracción XIII de este artículo, salvo que el interesado o el proveedor cuenten con registro del plaguicida técnico o bien, de un formulado a base del mismo ingrediente activo, y el producto a registrar tenga al mismo fabricante del ingrediente activo que se autorizó en el registro previamente otorgado. En este caso se deberá señalar el número del registro sanitario al que se hace referencia |
Original y Copia |
Notas:
1. La carta del proveedor deberá haber sido expedida dentro de los seis meses previos a la presentación de la solicitud y en caso de estar redactada en un idioma distinto al español, deberá anexarse la correspondiente traducción a ese idioma por perito traductor que cuente con cédula profesional en la materia.
2. El registro de un biocida formulado a partir de un biocida técnico o técnico concentrado equivalente se puede obtener por alguna de las siguientes opciones:
OPCIÓN 1: No se tiene registro del ingrediente activo grado técnico entonces es necesario presentar toda la información para sus ingredientes activos además de ingresar la información correspondiente al tipo de producto formulado. O bien,
OPCIÓN 2: señalando el número del registro sanitario en caso de que el interesado o el proveedor cuenten con registro del biocida técnico o bien, de un formulado a base del mismo ingrediente activo, y el producto a registrar tenga al mismo fabricante del ingrediente activo que se autorizó en el registro previamente otorgado al que se hace referencia.
Considerando la OPCIÓN 1: Ingresando la información del producto técnico, el interesado podrá solicitar la evaluación de la información por cualquiera de las dos opciones siguientes:
a) EVALUACIÓN POR EQUIVALENCIA QUÍMICA deberá de entregar información química. En caso de que COFEPRIS determine que el biocida técnico no es equivalente químicamente al perfil de referencia, el interesado deberá presentar la información toxicológica.
b) EVALUACIÓN POR EQUIVALENCIA QUÍMICA Y DE PERFIL TOXICOLÓGICO: cuando el usuario solicite esta opción de evaluación deberá entregar la información química, toxicológica.
Considerando la OPCIÓN 2: Deberá de indicar el número de registro del biocida técnico o bien de un formulado a base del mismo ingrediente activo y el producto a registrar tenga al mismo fabricante del ingrediente activo que se autorizó en el registro previamente otorgado además de ingresar la información correspondiente al tipo de producto formulado.
3. Solo serán aceptados los estudios sobre propiedades fisicoquímicas, toxicológicas, ecotoxicológicas, de destino ambiental y físicas que corresponden al tipo de formulación, desarrollados conforme a las guías reconocidas por organismos internacionales. Cuando no exista una guía reconocida internacionalmente se deberá describir el método utilizado e incluir la justificación correspondiente.
Los estudios serán realizados por laboratorios que cuenten con un sistema de aseguramiento de calidad, es decir cuando el laboratorio aplica lineamientos internacionales o nacionales aceptados por la ISO, o bien se rige por lineamientos propios de buenas prácticas; o por un tercero autorizado, para tal efecto de conformidad con las disposiciones aplicables.
Cuando el estudio sea realizado en cualquier otro idioma distinto al español y al inglés, deberá presentar un resumen del mismo, traducido al español por perito traductor que cuente con cédula profesional en la materia.
Asimismo, serán aceptados los estudios y metodologías conocidos internacionalmente como:
- “Guías para el Ensayo y Evaluación de Productos Químicos” (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico)
- “Lineamientos sobre Criterios Ambientales para el Registro de Plaguicidas” (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación)
- “Manual sobre Elaboración y Empleo de las Especificaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y de la Organización Mundial de la Salud para Plaguicidas”(Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América)
- “Las Guías de Prueba Armonizadas: Prevención, Plaguicidas y Sustancias Tóxicas”(Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América)
- “Métodos Analíticos desarrollados por el Consejo Internacional para la Colaboración sobre Plaguicidas”.
4. Respecto a la carta de acceso a la información:
- Cuando el interesado no cuente con la información requerida (físico-química, física que corresponda al tipo de formulación o bien toxicológica, ecotoxicológica y de destino ambiental) deberá presentar una carta expedida por el proveedor que autorice el acceso a la información del producto que éste haya registrado previamente, el cual debe ser el mismo que el interesado pretenda registrar.
- En caso de que el proveedor no esté autorizado para usar la información mencionada, el interesado deberá presentar una carta por quién esté facultado para autorizar el uso de la misma, ya sea a favor del proveedor respecto de terceros o directamente a favor del interesado.
- Tratándose de un proveedor extranjero que no haya registrado previamente el producto en el país, se deberá presentar la información (físico-química, física que corresponda al tipo de formulación o bien toxicológica, ecotoxicológica y de destino ambiental) y una carta por éste que le autorice el uso de la información señalada.
5. Cuando el interesado estime que existen argumentos para considerar que no es necesario o aplicable algún requisito para el registro sanitario correspondiente de un plaguicida o nutriente vegetal, el interesado deberá acompañar a su solicitud la justificación correspondiente:
- Para el caso de información técnica, la justificación deberá ser de carácter científica, con respecto a los estudios de ecotoxicidad.
- Para el caso de destino ambiental, la justificación se hará con base en la identidad específica del ingrediente activo o estructura química, así como la descripción de las evidencias científicas que demuestren que no existen efectos adversos al medio ambiente por la aplicación del plaguicida o nutriente vegetal.
- Para el caso de ser información administrativa, la justificación será información oficial o de apoyo.
Todos los documentos que acompañen a las solicitudes deberán presentarse en español, o en caso contrario, deberá adjuntarse a los mismos su respectiva traducción al español, avalada con la firma del responsable sanitario. Los documentos expedidos por autoridades de otros países deberán estar apostillados o legalizados y traducidos por perito traductor (Art. 153 del Reglamento de Insumos para la Salud).
6.- Conforme se establece en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, y de ser el caso el nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones.
En lugar de los documentos que acrediten su personalidad jurídica, también podrá indicar el número de Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) de los representantes legales. Así mismo el escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, o en su caso de trámites electrónicos deberá ser firmado con firma electrónica (e.firma).
Para realizar el RUPA ingrese a la siguiente liga.
Si requiere obtener su e.firma como nueva ingrese al siguiente liga.
Si requiere renovar su e.firma ingrese a la siguiente liga.
Costos
Concepto | Monto |
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Por la solicitud de registro de plaguicida químico formulado de uso pecuario, que se pretenda registrar a partir de un plaguicida técnico equivalente, a una molécula previamente registrada, se pagara de acuerdo a lo siguiente:
|
Monto variable |
Nota: Para obtener hoja de ayuda ingresa aquí.
Para mayor información respecto al trámite y la forma de efectuar el pago de derechos, consulte la sección “Más Información”
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Oklahoma No. 14, Nápoles, Benito Juárez, Código Postal 03810, Ciudad de México, el trámite se atiende con previa cita (por Internet o Centro de Atención Telefónica al 01 800 033 50 50).
Para dudas en relación al llenado de formato o requisitos: Acudir al Centro Integral de Servicios al área del Módulo de Información o llamar al Centro de Atención Telefónica de la COFEPRIS al 01 800 033 50 50.
Horario de atención de lunes a viernes:
- Para ingreso de trámites con previa cita 08:30 a 14:00 horas y 16:00 a 18:00 horas.
- Para módulo de informes de 08:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
- Para entrega de resolución de trámites sin cita: 08:30 a 14:00 horas o con previa cita de 16:00 a 18:00 horas.
Si usted se encuentra en el interior de la República, podrá ingresar su trámite en los Centros Integrales de Servicios o ventanillas de atención al público de las Comisiones Estatales para la Protección contra Riesgos Sanitarios u oficinas de regulación sanitaria de cada entidad. Con base en cada uno de los acuerdos de coordinación que existen entre las entidades Federativas y COFEPRIS.
Consulta los Centros Integrales de COFEPRIS aquí.
Servicio de mensajería: Puedes hacernos llegar tu trámite vía mensajería de tu preferencia al Centro Integral de Servicios de la COFEPRIS, y adjuntar una guía prepagada de mensajería para el envío de la respuesta. El teléfono para corroborar el número de ingreso y seguimiento de su solicitud es 01 (800) 420 42 24.
¿En serio necesitamos más pesticidas químicos para la industria pecuaria? ¿Y qué pasa con la salud del consumidor?
Claro que no necesitamos más pesticidas químicos, solo más conciencia y alternativas sostenibles. La salud del consumidor debería ser prioridad, no los intereses de la industria.
¡Vaya, vaya! ¿Un artículo sobre el Registro Sanitario de plaguicidas pecuarios? ¿De verdad necesitamos más químicos en nuestros alimentos?
¡Vaya, vaya! Parece que alguien necesita informarse un poco más antes de opinar. El Registro Sanitario de plaguicidas pecuarios busca garantizar la calidad y seguridad de los alimentos, no añadir más químicos. Educémonos antes de juzgar.
¡Este artículo es una locura! ¿De verdad necesitamos tantos trámites para registrar un pesticida? 😱🤯 #BurocraciaEnFuego
¡No entiendo nada de este artículo! ¿Quién necesita plaguicidas químicos pecuarios equivalentes? ¡Demasiada burocracia!
No entiendo por qué necesitamos tantos trámites para usar pesticidas en animales. ¡Es solo un pesticida!
¡Qué ingenuo eres! Los trámites existen para proteger la salud de los animales y evitar efectos nocivos en el medio ambiente. No se trata solo de un pesticida. Informate antes de opinar tan a la ligera.
La verdad es que no entiendo nada de este tema, pero ¿alguien más piensa que los plaguicidas son una mala idea? 🤔 #JustSaying
No entiendo por qué necesitamos tantos trámites para pesticidas en la agricultura. ¿Realmente ayuda? ¿O solo es burocracia?
¿Por qué tanto papeleo para registrar un simple plaguicida? ¡Esto es una locura burocrática!
No es una locura burocrática, es una medida de seguridad para proteger la salud y el medio ambiente. Mejor prevenir que lamentar.
¿Por qué complicarnos con tantos trámites para pesticidas pecuarios? ¡Deberíamos simplificar las regulaciones y promover alternativas más ecológicas!
Hay que priorizar la salud de los animales y consumidores. Las regulaciones son necesarias para garantizar la seguridad alimentaria. ¿Qué sentido tiene promover alternativas ecológicas si no hay control sobre su eficacia y efectos?
¡No entiendo ni una palabra de lo que están hablando! ¿Alguien más se confunde con esto?
¡No te preocupes, no eres el único! Parece que están discutiendo algo bastante complicado. Tal vez deberían explicarlo de forma más clara para que todos podamos entenderlo. ¡Ánimo!
¡No entiendo cómo alguien puede apoyar el uso de plaguicidas químicos en la agricultura! ¿Y la salud del planeta y de las personas?
Parece que no estás al tanto de los avances en la agricultura moderna. Los plaguicidas químicos se utilizan de manera responsable para garantizar la seguridad alimentaria y proteger los cultivos. No todo es blanco o negro, hay matices en este debate.
¡Vaya lío con el Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente! ¿Realmente necesitamos tantos trámites burocráticos?
Claro que necesitamos los trámites burocráticos en el Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente. ¿Prefieres poner en riesgo la salud de los animales y la calidad de nuestros alimentos? La seguridad no es un lío, es una prioridad.
¿Alguien más piensa que el Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente es solo una trampa burocrática? 🤔
Totalmente de acuerdo, es solo una forma de complicar aún más las cosas para los productores pecuarios. La burocracia solo beneficia a los que están detrás de ella, mientras que los agricultores y ganaderos sufren las consecuencias. ¡Es hora de simplificar y facilitar los procesos! 💪🌾🐄
No entiendo por qué hay tanto alboroto por estos registros sanitarios de plaguicidas pecuarios. ¿Realmente son necesarios?
¿Es realmente necesario complicar tanto el trámite de registro de plaguicidas? ¡Simplifiquemos las cosas!
Relájate, amigo. La complicación en el registro de plaguicidas se debe a la necesidad de garantizar la seguridad tanto de los cultivos como de la salud humana. No es un tema para tomar a la ligera. ¡Mejor estar seguros que arrepentidos!
¿Y si en lugar de registrar pesticidas químicos, promovemos prácticas agrícolas más sostenibles? 🌱🤔
¡Totalmente de acuerdo! Es hora de dejar atrás los pesticidas químicos y apostar por métodos agrícolas más respetuosos con el medio ambiente. La sostenibilidad es el camino a seguir para proteger nuestra salud y el planeta. 💚🌍
¿De verdad necesitamos más pesticidas químicos para los animales? ¡Pongamos fin a esto ya!
¡Claro que no necesitamos más pesticidas químicos! Es hora de proteger a los animales y al medio ambiente. Hay alternativas más seguras y efectivas. ¡Basta de poner en riesgo nuestra salud y la de ellos! #NoMásPesticidas
¿Por qué tanto papeleo para el Registro Sanitario de plaguicidas? ¡Menos trámites, más acción! 🌿🚫 #BurocraciaEnExceso
Comprendo tu frustración, pero la burocracia es necesaria para garantizar la seguridad y protección de la salud pública. No podemos ignorar los riesgos asociados con los plaguicidas. Es importante equilibrar la acción con la responsabilidad. 🌿📝 #CuidadoAmbiental
No entiendo nada de lo que están hablando, ¿alguien me lo puede explicar en español normal?
Parece que no eres el único que no entiende. Tal vez deberías buscar un sitio en español si no comprendes lo que se está discutiendo. No esperes que traduzcan todo solo para ti.
Aquí va mi opinión controvertida: ¿Alguien más piensa que el Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario equivalente es solo una burocracia innecesaria? 🤔
¡Totalmente de acuerdo contigo! El Registro Sanitario de plaguicida químico pecuario es solo una pérdida de tiempo y recursos. Solo aumenta la burocracia sin ofrecer beneficios reales. ¡Es hora de simplificar y enfocarnos en soluciones efectivas para la industria pecuaria! 💪