Informe ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sobre la imposibilidad de aplicar las disposiciones de carácter general en las oficinas de tu aseguradora o afianzadora, ubicadas en el extranjero
¿Qué es el tramite de Informe ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sobre la imposibilidad de aplicar las disposiciones de carácter general en las oficinas de tu aseguradora o afianzadora, ubicadas en el extranjero
¿Resulta imposible dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en sus oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero?. Es necesario comunicarlo a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), presentando un informe sobre la imposibilidad de dar cumplimiento a las disposiciones.
¿Cómo se hace tramite de Informe ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sobre la imposibilidad de aplicar las disposiciones de carácter general en las oficinas de tu aseguradora o afianzadora, ubicadas en el extranjero
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Informe ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sobre la imposibilidad de aplicar las disposiciones de carácter general en las oficinas de tu aseguradora o afianzadora, ubicadas en el extranjero
¿Resulta imposible dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en sus oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero?. Es necesario comunicarlo a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), presentando un informe sobre la imposibilidad de dar cumplimiento a las disposiciones.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Escrito libre con los datos de las oficinas, sucursales, filiales, agencias ubicadas en el extranjero, en las que es imposible aplicar las disposiciones de carácter general, conforme al Anexo 27.1.1-F “Forma y Términos para la presentación del informe sobre la imposibilidad de dar cumplimiento a las disposiciones de carácter general que derivan del artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas (LISF) emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero” de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF). |
Original |
Nota: La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato pdf.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En la Oficialía de Partes, ubicada en Fernando Villalpando Número 18, Colonia Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, 01020, Ciudad de México, con un horario de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.