Tramite de Modificación o reposición del certificado de matrícula por cambio de nombre de la embarcación o artefacto naval ante la SEMAR

Modificación o reposición del certificado de matrícula por cambio de nombre de la embarcación o artefacto naval ante la SEMAR

¿Qué es el tramite de Modificación o reposición del certificado de matrícula por cambio de nombre de la embarcación o artefacto naval ante la SEMAR

En la Secretaría de Marina (SEMAR) realiza la solicitud para modificar el certificado de matrícula por cambio de nombre del artefacto naval o embarcación.

¿Cómo se hace tramite de Modificación o reposición del certificado de matrícula por cambio de nombre de la embarcación o artefacto naval ante la SEMAR

Secretaría de Marina

Modificación o reposición del certificado de matrícula por cambio de nombre de la embarcación o artefacto naval ante la SEMAR

En la Secretaría de Marina (SEMAR) realiza la solicitud para modificar el certificado de matrícula por cambio de nombre del artefacto naval o embarcación.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Escrito libre que debe contener: 

  • El órgano administrativo a que se dirigen
  • Nombre del solicitante, denominación, razón social o representante legal
  • Deberá precisar la Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y tratándose de personas físicas, la Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • En caso de Representante legal, señalar su nombre, domicilio y Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas
  • Número de folio de inscripción en el Registro Público Marítimo Nacional, en caso de que el interesado sea naviero o empresa naviera
  • El nombre de la embarcación o artefacto naval y sus características (eslora, manga, puntal, Unidades de Arqueo Bruto (AUB), Unidades de Arqueo Neto, peso muerto, uso al que se destinará y tipo de navegación que realizará), y Puerto en que se desea obtener la matrícula y abanderar en el Estado Mexicano o puerto del país extranjero, en caso de abanderamiento vía consular, así como la Manifestación de si la embarcación o artefacto naval será destinado a uso particular o a su operación y explotación
  • La manifestación de si la embarcación o artefacto naval será destinado a uso particular o a su operación y explotación en el Comercio Marítimo
  • Contrato, factura o documento con que acredite la propiedad de la embarcación o artefacto naval o contrato de arrendamiento financiero que demuestre la legítima posesión de la embarcación, éste último celebrado con una institución de crédito mexicana, o bien con una extranjera autorizada para actuar como tal conforme a las leyes nacionales. Dichos documentos deberán constar en instrumento otorgado ante notario o corredor público y contener los elementos de individualización de la embarcación o artefacto naval. Si el documento se otorga en el extranjero, deberá estar legalizado ante el cónsul mexicano respectivo, salvo cuando tal requisito no sea necesario por haber sido apostillado de conformidad con el Convenio Internacional en la materia
  • La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición
  • Mención de los anexos que se agregan
  • Lugar y fecha de su emisión
  • Firma autógrafa del interesado o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar
Original y Copia

Mandato, Carta Poder o Instrumento Público con el que el representante legal acredite su personalidad, si el interesado no actúa por sí mismo, o se trate de persona moral

Original y Copia

Identificación oficial vigente

Original y Copia

Acta constitutiva o Testimonio de la escritura pública de constitución y, en su caso, de reformas a la misma, cuando se trate de persona moral

Original y Copia

En caso de persona física, no inscrita en el Registro Público Marítimo Nacional, acta de nacimiento o de cualquier otro documento con el que el interesado acredite su nacionalidad mexicana, en términos de lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley de Nacionalidad

Original y Copia

Contrato, factura o documento con que acredite la propiedad de la embarcación o artefacto naval o contrato de arrendamiento financiero que demuestre la legítima posesión de la embarcación, éste último celebrado con una institución de crédito mexicana, o bien con una extranjera autorizada para actuar como tal conforme a las leyes nacionales. Dichos documentos deberán constar en instrumento otorgado ante notario o corredor público y contener los elementos de individualización de la embarcación o artefacto naval

Si el documento se otorga en el extranjero, deberá estar legalizado ante el cónsul mexicano respectivo, salvo cuando tal requisito no sea necesario por haber sido apostillado de conformidad con el Convenio Internacional en la materia

Original y Copia

Costos

Concepto Monto

Tratándose de embarcaciones para el servicio de recreo o deportivas:

  1. Hasta de 5 toneladas brutas de arqueo $1,022 MXN
  2. De 5.01 hasta 10 toneladas brutas de arqueo $1,376 MXN
  3. De 10.01 hasta 20 toneladas brutas de arqueo $1,692 MXN
Monto variable

Embarcaciones para navegación interior de carga, pasajeros o mixto (carga y pasaje):

  1. Hasta de 5 toneladas brutas de arqueo $1,011 MXN
  2. De 5.01 hasta 10 toneladas brutas de arqueo $1,026 MXN
  3. De 10.01 hasta 20 toneladas brutas de arqueo $1,435 MXN
Monto variable

Tratándose de embarcaciones para remolque,dragado, salvamento y demás relacionados con las comunicaciones por agua o con las obras de los puertos:

  1. Hasta de 5 toneladas brutas de arqueo .$1,022 MXN
  2. De 5.01 hasta 10 toneladas brutas de arqueo $1,061 MXN
  3. De 10.01 hasta 20 toneladas brutas de arqueo $1,320MXN
Monto variable

Tratándose de embarcaciones pesqueras en cualquier clase de pesca:

  1. Hasta de 5 toneladas brutas de arqueo $980 MXN
  2. De 5.01 hasta 10 toneladas brutas de arqueo $1,022 MXN
  3. De 10.01 hasta 20 toneladas brutas de arqueo $1,435 MXN
Monto variable

Para embarcaciones o artefactos navales que efectúen cualquier tipo de servicio y/o cualquier tipo de navegación:

  1. De 20.01 hasta 100 unidades de arqueo bruto $1,866 MXN
  2. De 100.01 hasta 500 unidades de arqueo bruto $2,010 MXN
  3. De 500.01 hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $2,184 MXN
  4. De 5,000.01 hasta 15,000 unidades de arqueo bruto $2,778 MXN
  5. De 15,000.01 hasta 25,000 unidades de arqueo bruto $7,232 MXN
  6. De 25,000.01 hasta 50,000 unidades de arqueo bruto $9,884 MXN
  7. De más de 50,000.01 unidades de arqueo bruto $11,253 MXN
Monto variable

Para el caso de las embarcaciones sin cubierta corrida, destinadas a la pesca ribereña, se pagarán las cuotas correspondientes a su eslora:

  1. De hasta 5 metros de eslora $121 MXN
  2. De 5.01 hasta 10 metros de eslora $309 MXN
Monto variable

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Preséntate en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) o de la Capitanía de Puerto con la solicitud correspondiente y con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles, solicita el trámite, realiza el pago de derechos correspondiente y recibe el acuse de recibo.

Ventanilla de Gestión de Trámites: Acude a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) ubicada en Avenida Heroica Escuela Naval Militar, No. 669, Presidentes Ejidales, Segunda Sección, Coyoacán, Código Postal 04470, Ciudad de México con un horario de atención de 08:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes (días hábiles).

Capitanías de Puerto

Vía telefónica sólo para informes: 01800-6274621 y 55 56 24 65 00 extensiones 1851 y 1836

Vía correo electrónico: digacap.myp@semar.gob.mx

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