Autorización provisional para ejercer como pasante
¿Qué es el tramite de Autorización provisional para ejercer como pasante
La autorización provisional para ejercer como pasante es un documento que te da la oportunidad para desempeñarte en el ámbito laboral de tu profesión. Puedes solicitarla ante de la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
¿Cómo se hace tramite de Autorización provisional para ejercer como pasante
Secretaría de Educación Pública
Autorización provisional para ejercer como pasante
La autorización provisional para ejercer como pasante es un documento que te da la oportunidad para desempeñarte en el ámbito laboral de tu profesión. Puedes solicitarla ante de la Dirección General de Profesiones (DGP) de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Solicitud de autorización provisional para ejercer como pasante |
Original |
Copia | |
3 Fotografías recientes blanco y negro tamaño y tipo filiación de frente con retoque con fondo blanco y papel mate |
|
Cédula profesional por ambos lados del profesionista encargado de vigilar el ejercicio profesional del pasante |
Copia |
Comprobante de pago de derechos |
Original y Copia |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Expedición de autorización provisional para ejercer por estar el título profesional en trámite o para ejercer como pasante |
$431.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
Es necesario considerar lo que establece la Ley Federal de Derechos en donde se indica lo siguiente:
Artículo 6.- Para determinar las cuotas de los derechos establecidos en esta ley se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante, lo anterior para efectuar su pago el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad de peso inmediato anterior y las que contengan cantidades mayores de 50 y hasta 99 centavos, se ajusten a la unidad de peso inmediato superior.
Cuando en un mismo acto el contribuyente debe efectuar el pago de dos o más derechos, deberá considerar en todo caso la cuota sin ajuste que corresponda a cada derecho, y solo a la suma de los mismos se aplicará el ajuste a que se refiere el párrafo anterior.
Opciones para realizar tu trámite
Cita en línea: Ingresa aquí.
Presencial: Viaducto Río Piedad No. 551, Jardín Balbuena, Venustiano Carranza, Código Postal 15900, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas.
Vía telefónica: Para información al 36-01-38-00, extensión 61100, TelSEP 36-01-75-99, lada sin costo 01-800-288-6688.