Tramite de Consulta el archivo de la Dirección General de Profesiones en relación a sus diversos registros mediante instituciones educativas y gobiernos de los estados
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Consulta el archivo de la Dirección General de Profesiones en relación a sus diversos registros mediante instituciones educativas y gobiernos de los estados
¿Qué es el tramite de Consulta el archivo de la Dirección General de Profesiones en relación a sus diversos registros mediante instituciones educativas y gobiernos de los estados
Sirve para conocer los diversos registros que existen o con los que se cuentan en la Dirección General de Profesiones, de la Secretaría de Educación Pública (SEP) respecto a las carreras, instituciones educativas y profesiones.
¿Cómo se hace tramite de Consulta el archivo de la Dirección General de Profesiones en relación a sus diversos registros mediante instituciones educativas y gobiernos de los estados
Secretaría de Educación Pública
Consulta el archivo de la Dirección General de Profesiones en relación a sus diversos registros mediante instituciones educativas y gobiernos de los estados
Sirve para conocer los diversos registros que existen o con los que se cuentan en la Dirección General de Profesiones, de la Secretaría de Educación Pública (SEP) respecto a las carreras, instituciones educativas y profesiones.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
|
Escrito libre presentado en hoja membretada de la institución educativa y suscrito por el Rector, Director, representante legal de la misma institución o persona debidamente autorizada |
Original |
|
Pago de derechos |
Original y Copia |
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
|
Pago por derechos de consulta de archivo |
$196.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
Es necesario considerar lo que establece la Ley Federal de Derechos en donde se indica lo siguiente:
Artículo 6.- Para determinar las cuotas de los derechos establecidos en esta ley se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante, lo anterior para efectuar su pago el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad de peso inmediato anterior y las que contengan cantidades mayores de 50 y hasta 99 centavos, se ajusten a la unidad de peso inmediato superior.
Cuando en un mismo acto el contribuyente debe efectuar el pago de dos o más derechos, deberá considerar en todo caso la cuota sin ajuste que corresponda a cada derecho, y solo a la suma de los mismos se aplicará el ajuste a que se refiere el párrafo anterior.
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Avenida Revolución No. 1425, Campestre, Álvaro Obregón, Código Postal 01040, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
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