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Tramite de Autorización para prestar el servicio de maniobrista en recinto fiscal en las aduanas

Actualizado 4 min de lectura

Dependencia
Servicio de Administración Tributaria
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Autorización para prestar el servicio de maniobrista en recinto fiscal en las aduanas

¿Qué es el tramite de Autorización para prestar el servicio de maniobrista en recinto fiscal en las aduanas

¿Deseas prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en recinto fiscal? Solicita la autorización al Servicio de Administración Tributaria (SAT). ¡Consulta la información aquí!

¿Cómo se hace tramite de Autorización para prestar el servicio de maniobrista en recinto fiscal en las aduanas

Servicio de Administración Tributaria

Autorización para prestar el servicio de maniobrista en recinto fiscal en las aduanas

¿Deseas prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en recinto fiscal? Solicita la autorización al Servicio de Administración Tributaria (SAT). ¡Consulta la información aquí!

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Manifestación firmada por quien cuente con facultades para actos de administración, en la que señale el recinto fiscal de la aduana en la que desea prestar los servicios

Original

Acta constitutiva de la sociedad y sus modificaciones, en la que se acredite como mínimo un capital social fijo pagado de $300,000.00 y que en su objeto social esté la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio

Original

Documentación con la cual se acredite la persona que suscribe la solicitud, cuenta con facultades para actos de administración

Original

Relación y descripción del equipo necesario para la prestación del servicio o en el caso de empresas de nueva constitución, el programa de inversión para la adquisición del mismo, y número de empleados que prestarán los servicios en original o copia 

Original

Fianza por la cantidad de $500,000.00, a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE), o bien, copia de la póliza del contrato de seguro a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que cubra dicha cantidad, por el recinto fiscal en el que desea prestar los servicios, en la que se establezca de manera textual que la misma es para garantizar la correcta prestación de los servicios y daños que pudieran causarse a las instalaciones, bienes y equipo del recinto fiscal con motivo de la prestación de los servicios. La fianza o el contrato de seguro deberán permanecer vigentes durante la vigencia de la autorización

Original

Póliza del seguro con cobertura mínima de $500,000.00 por el recinto fiscal de la aduana en la que desea prestar los servicios, en la que se establezca de manera textual que la misma es para amparar las mercancías y los daños a terceros, derivados de la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras. El contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización

Original

Nota: Los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, podrán solicitar la autorización a que se refiere el artículo 14-C de la Ley, para lo cual deberán presentar la solicitud conforme a la regla 2.3.6., adjuntar los documentos señalados en los numerales 1, 4, 5 y 6, del presente Apartado y efectuar el pago por concepto de derechos, así como copia simple y legible del medio de difusión oficial del Estado de que se trate, en el que se crea dicho organismo y del nombramiento del funcionario que firma la solicitud y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Es importante que tomes en cuenta las siguientes consideraciones para poder realizar tu trámite:

1. Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

2. Contar con e.firma vigente.

3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

4. Las personas morales deberán estar constituidas conforme a las leyes mexicanas.

5. Efectuar el pago a través del esquema electrónico e5cinco, en términos de la regla 1.1.6., por concepto de derechos previsto en el artículo 40, inciso e) de la Ley Federal de Derechos (LFD).

6. Para el caso de prórroga, manifestar bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias bajo las cuales se otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.

Costos

Concepto Monto

Por la autorización para prestar los servicios de carga, descarga, estiba, acarreo y trasbordo de mercancías en el recinto fiscal

$12,211.26 mxn

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Presenta tu trámite aquí. 

Para realizar este trámite en línea es necesario el uso de la e.firma, por lo que deberá utilizar Internet Explorer 10 o superior.

Vía telefónica (informes): 01 (55) 5802 1774

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