Tramite de Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales ante la SEMAR
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Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales ante la SEMAR
¿Qué es el tramite de Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales ante la SEMAR
La Secretaría de Marina (SEMAR) autoriza la construcción o modificación de embarcaciones o artefactos navales mediante inspecciones o reconocimiento físico y documental.
¿Cómo se hace tramite de Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales ante la SEMAR
Secretaría de Marina
Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales ante la SEMAR
La Secretaría de Marina (SEMAR) autoriza la construcción o modificación de embarcaciones o artefactos navales mediante inspecciones o reconocimiento físico y documental.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
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Escrito libre que debe contener:
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Original y Copia |
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Solicitud al trámite |
Original y Copia |
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Instrumento público o carta poder con el que el representante legal acredite su personalidad, si el interesado no actúa por sí mismo, o se trate de persona moral |
Original y Copia |
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En caso de personas físicas, identificación oficial vigente del solicitante |
Original |
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Acta constitutiva, en caso de personas morales |
Copia certificada |
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Pago de derechos |
Original |
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Factura de la embarcación |
Copia certificada |
Nota: Como medida adicional de seguridad a los documentos, el usuario deberá entregar los mismos en una carpeta plenamente identificada y de manera ordenada.
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
|
Por el reconocimiento total en los casos de construcción, reparación o modificación para verificar el estado de avance y el cumplimiento de las especificaciones y normas aplicables, se pagarán los derechos correspondientes de acuerdo a las unidades de arqueo bruto conforme a las siguientes cuotas: A) Hasta 50 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 3 inspecciones parciales $8,028 MXN. B) De más de 50 hasta 100 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 3 inspecciones parciales $11,811 MXN C) De más de 100 hasta 200 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 4 inspecciones parciales $16,035 MXN D) De más de 200 hasta 300 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 4 inspecciones parciales $19,415 MXN E) De más de 300 hasta 500 unidadesde arqueo bruto, comprendiendo 4 inspecciones parciales $23,224 MXN. F) De más de 500 hasta 1000 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 4 inspecciones parciales $30,888 MXN G) De más de 1000 hasta 5000 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 4 inspecciones parciales $38,114 MXN H) De más de 5000 hasta 15000 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 5 inspecciones parciales $47,929 MXN. I) De más de 15000 hasta 25000 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 5 reparaciones parciales $57,719 MXN J) De más de 25000 hasta 50000 unidades de arqueo bruto, comprendiendo 6 inspecciones parciales $95,974 MXN K) De más de 50,000 unidades de arqueo bruto en adelante, comprendiendo 6 inspecciones parciales, la cuota indicada en el inciso anterior, más $4 MXN por cada tonelada o fracción excedente. |
Monto variable |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Preséntate en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) o de la Capitanía de Puerto con la solicitud correspondiente y con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles.
Ventanilla de Gestión de Trámites: Acude a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM), ubicada en Avenida Heroica Escuela Naval Militar No. 669, Colonia Presidentes Ejidales, Segunda Sección, Delegación Coyoacán, Código Postal 04470, Ciudad de México, y en las Capitanías de Puerto de la República Mexicana, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 horas (días hábiles).
Vía telefónica sólo para informes: 01800-6274621 y 55 56 24 65 00 extensión 6222.
Vía correo electrónico: unicapam.digaprocer@semar.gob.mx
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