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Conoce las nuevas multas que estipula la ley federal del trabajo en esta entrevista con Luis Diez de Bonilla.

Índice

A partir del 1 de febrero el incumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) tendrá un incremento en el costo de las multas por incumplimientos laborales sufrirán de 330 pesos en su monto más bajo y hasta 330,000 mil pesos en el tabulador más alto, esto de acuerdo con los datos previstos para las faltas al nuevo régimen de subcontratación de servicios especializados, estipulado por la Ley Federal del Trabajo.

En entrevista Luis Diez de Bonilla Martínez y Alfredo Kuri Monterrubio de la firma Diez de Bonilla, Kuri y Asociados S.C. nos explican

No proporcionar capacitación: Los patrones que no otorgan capacitación y adiestramiento a sus trabajadores pueden hacerse acreedores a una sanción de 24,055 pesos, con la posibilidad de incrementar hasta los 481,100 pesos.

Incumplir reglas de seguridad e higiene: Los empleadores que no establezcan las medidas fijadas por las autoridades para prevenir riesgos de trabajo o bien las normas de seguridad e higiene, pueden llegar a recibir una multa de 24,055 pesos, que puede incrementarse hasta los 481,100 pesos.

Permitir la discriminación, acoso y hostigamiento: El patrón que permita la tolerancia o bien la realización de actos como el acoso, hostigamiento o discriminación, se hará acreedor a una multa de 24,055 pesos, que podrá incrementarse hasta los 481,000 pesos.

Discriminación por Embarazo: Las empresas que solicitan un certificado médico de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, pueden recibir una sanción de 4,811 pesos, que se podrá incrementar hasta los 240,550 pesos.

No presentarse a la audiencia de conciliación: En el caso de presentarse un conflicto laboral que amerite de una instancia conciliatoria en la que no se presente el patrón, podrá recibir una multa de 4,811 pesos, que incrementará hasta los 9,622 pesos.

Finalmente se debe aclarar que existen una serie de incumplimientos laborales, que no están estrictamente contemplados en el título dieciséis de la ley federal del trabajo, sin embargo el artículo 1002 cubre a todas aquellas normas o disposiciones no citadas textualmente.

Por ejemplo, la falta de pago de aguinaldo está prevista por el artículo 1002 con una sanción que va de los 4,811 pesos hasta los 481 mil 100 pesos.

Estos son algunos ejemplos de los incrementos a las multas establecidas por la Ley Federal del Trabajo.

¿A qué se debe este incremento? La unidad de medida y actualización es la referencia económica que se usa para determinar la cantidad a pagar de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales y estatales, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores, dicho indicador se actualiza con base a la inflación del salario mínimo; el cual se desindexó en el año 2016.

El INEGI informó que a partir del primero de febrero de 2022 la unidad de cuenta pasa de 89.62 a 96.22 pesos diarios. De esta manera, las sanciones contempladas para este año 2022, tendrán los ajustes más altos adicionales al régimen de subcontratación, llegando a ser sancionadas con hasta 481 mil 100 pesos.

Algunos de los incumplimientos y sanciones más representativas son:

No respetar la jornada laboral: La sanción por exceder la jornada laboral diaria, sin contemplar tampoco el esquema para horas extras, será de 4,811 pesos y podrá alcanzar hasta los 24,055 pesos.

No otorgar un día de descanso: La ley federal del trabajo establece como derecho gozar de un día de descanso con goce de sueldo por cada seis días trabajados. Incumplir con esta disposición puede equivaler a una multa de 4,811 pesos y podrá alcanzar hasta 24,055 pesos.

Subcontratar personas o incumplir reforma de outsourcing: Subcontratar personas o prestar servicios especializados sin estar inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, puede implicar una multa valuada desde los 192,440 mil pesos, y podría llegar hasta los 4 millones 8,111 pesos.

No pagar utilidades: Las empresas que no le brinden la participación a sus trabajadores en el reparto de utilidades, se pueden hacer acreedores a una sanción que va de los 24,055 pesos, hasta los 481,100 pesos.

Local inseguro: El patrón que no garantice un local seguro en el que los trabajadores puedan guardar sus instrumentos y útiles de trabajo, puede recibir una sanción que va desde los 4,811 pesos, hasta los 144,330 pesos.

No otorgar recibos de Nómina: Si el empleador se niega a expedir cada quince días a petición del trabajador, una constancia escrita con el número de días trabajados y el sueldo percibido, se puede hacer acreedor a una multa de 4,811 pesos, que puede incrementarse hasta los 144, 330 pesos.

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