Tramite de Tarjeta de visitante regional
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Tarjeta de visitante regional
¿Qué es el tramite de Tarjeta de visitante regional
Si eres originario o residente permanente en Guatemala, Belice, El Salvador y Honduras la Tarjeta de Visitante Regional (TVR) te permitirá visitar Chiapas, Campeche, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán con una estancia máxima de hasta 7 días en cada ingreso.
¿Cómo se hace tramite de Tarjeta de visitante regional
Instituto Nacional de Migración
Tarjeta de visitante regional
Si eres originario o residente permanente en Guatemala, Belice, El Salvador y Honduras la Tarjeta de Visitante Regional (TVR) te permitirá visitar Chiapas, Campeche, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán con una estancia máxima de hasta 7 días en cada ingreso.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
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Los nacionales guatemaltecos y personas extranjeras residentes de Guatemala deberán presentar la cédula de vecindad, del documento personal de identificación, o del pasaporte o documento de identidad y viaje, válido y vigente |
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En el caso de menores de edad, se deberá presentar certificado de nacimiento, cuya fecha de expedición no sea mayor a seis meses |
Original y Copia |
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En el caso de guatemaltecos menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal otorgado ante notario público |
Original |
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Los nacionales beliceños deberán presentar pasaporte o documento de identidad, y viaje valido y vigente. Los residentes permanentes de Belice deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes |
Original |
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En el caso de beliceños menores de edad, o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padreas o del tutor legal que contenga certificación de un juez de paz |
Original |
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En caso de ser nacionales de El Salvador y Honduras, pasaporte o documento de identidad y viaje valido y vigente |
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Las personas extranjeras que residan en estos países, deberán presentar visa que los acredite como residentes permanentes |
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En caso de salvadoreños y hondureños menores de edad o sujetos a tutela jurídica no acompañados por ambos padres o tutores, deberán presentar permiso de los padres o del tutor legal que contenga certificación de un de paz |
Original |
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Comprobante de pago de derechos conforme a la cuota vigente a la presentación del trámite en términos de la Ley Federal de Derechos |
Original |
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
|
Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Lugar destinado al tránsito de personas y en los lugares habilitados por el Instituto.
Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264.
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