Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, entrega trimestral, ante la CNSF
¿Qué es el tramite de Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, entrega trimestral, ante la CNSF
¿Necesitas presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), el reporte regulatorio sobre reservas técnicas relativo a los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social? La información sobre el reporte regulatorio de reservas en particular del producto RR3PCVAP relativo a los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, se realiza de forma trimestral, deberás enviarla a través del Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE).
¿Cómo se hace tramite de Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, entrega trimestral, ante la CNSF
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, entrega trimestral, ante la CNSF
¿Necesitas presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), el reporte regulatorio sobre reservas técnicas relativo a los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social? La información sobre el reporte regulatorio de reservas en particular del producto RR3PCVAP relativo a los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, se realiza de forma trimestral, deberás enviarla a través del Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE).
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Reservas Técnicas Específicas. RR3 PCVAP, la entrega del Reporte Regulatorio de Reservas Técnicas (RR3), es de manera trimestral dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción de la información del cuarto trimestre, misma que deberá presentarse dentro de los primeros veinte días hábiles siguientes al cierre del ejercicio, y su entrega se apegará al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.3 de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF) |
Original |
Nota: La información que debe contener el producto RR3 PCVAP, se integra por un documento de certificación en archivo pdf, el cual deberá cumplir con lo previsto en el Anexo 38.1.4 ” Información y documentación relacionada con el Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (RR-3)”.
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Deberás enviar la documentación en formato PDF, a través del Sistema de Envío de Información por Vía Electrónica (SEIVE).