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SEDENA

Registro de un club de tiro y cacería ante la SEDENA: requisitos y costo

Actualizado 2 min de lectura

Dependencia
Secretaría de la Defensa Nacional
Guía revisada

En resumen: un club o asociación de tiro y cacería necesita registrarse cada año ante la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Con ese registro, sus socios pueden tramitar los permisos para sus armas deportivas. Se piden, entre otras cosas, opiniones favorables de Gobernación, del gobierno del estado y del municipio, un campo de tiro a 1,000 metros de lugares habitados y al menos 25 socios. El registro anual cuesta $29,464.65 (2026).

Documentos requeridos

  • Solicitud conforme al formato de la SEDENA.
  • Opinión favorable de la Secretaría de Gobernación (seguridad privada), del gobernador o de la Jefatura de Gobierno de la CDMX, y del presidente municipal o alcalde.
  • Acta constitutiva y estatutos del club, certificados por notario.
  • Constancia de registro en la federación deportiva que corresponda y ante la SEMARNAT, certificadas por notario.
  • Croquis de localización del campo de tiro (escala 1:4,000, con todo lo que hay en 1,000 metros a la redonda) y plano detallado de sus instalaciones.
  • Documentos que prueben la propiedad del terreno del campo y de las oficinas, certificados por notario.
  • Relación de al menos 25 socios, en orden alfabético, con su domicilio y los datos de sus armas.
  • Actas de nacimiento, comprobantes de domicilio e identificaciones de la mesa directiva.
  • Compromiso por escrito de permitir solo armas autorizadas, avisar altas y bajas de socios y enviar cada mes la relación de armas en uso.

¿Cuánto cuesta?

$29,464.65 por el registro anual de un club o asociación de deportistas de tiro y cacería, y $622.24 por cada constancia de registro (Ley Federal de Derechos, art. 195-T, apartado E, cifras de 2026). El pago se hace con la hoja de ayuda e5cinco.

Paso a paso

  1. Consigue las opiniones favorables de Gobernación, del estado y del municipio (es lo que más tarda).
  2. Reúne los documentos del club, del terreno y de los socios.
  3. Paga los derechos.
  4. Presenta todo en la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos (Av. Miguel de Cervantes Saavedra 596, Irrigación, Miguel Hidalgo, CDMX).
  5. Recibe la constancia y renueva el registro cada año.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el campo está cerca de casas?

No se autoriza: debe estar como mínimo a 1,000 metros de lugares habitados y vías de comunicación, y protegido por accidentes naturales o artificiales.

Relacionados: permiso para transportar armas de caza y tiro y trámites de la SEDENA.

Fuentes: ficha del trámite «Constancia de registro de un club o asociación de tiro y cacería» (SEDENA, gob.mx); Ley Federal de Derechos, art. 195-T (cantidades 2026, DOF 28-12-2025). Información revisada el 22 de octubre de 2026.

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