Aviso de inicio de las etapas de Cierre o Desmantelamiento en Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo
¿Qué es el tramite de Aviso de inicio de las etapas de Cierre o Desmantelamiento en Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo
¿Iniciaste las etapas de Cierre y Desmantelamiento en las instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo? Debes dar aviso y presentar en la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, los Programas de actividades de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican, para el Cierre o Desmantelamiento, en un plazo máximo de 15 días hábiles posterior al inicio de la etapa que corresponda.
¿Cómo se hace tramite de Aviso de inicio de las etapas de Cierre o Desmantelamiento en Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Aviso de inicio de las etapas de Cierre o Desmantelamiento en Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo
¿Iniciaste las etapas de Cierre y Desmantelamiento en las instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo? Debes dar aviso y presentar en la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, los Programas de actividades de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican, para el Cierre o Desmantelamiento, en un plazo máximo de 15 días hábiles posterior al inicio de la etapa que corresponda.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Escrito libre mediante el cual se presentan los programas |
Original |
Programas de actividades de las Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican, para el Cierre o Desmantelamiento, según corresponda, que contemplen el marco regulatorio aplicable, el análisis de riesgos actualizado, los términos y condicionantes de autorización del proyecto para esta etapa y las buenas prácticas internacionales |
Copia |
Documento que acredite la personalidad jurídica:
|
Original, Copia certificada y Copia |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Preséntate en el Área de Atención al Regulado de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), ubicada en Boulevard Adolfo Ruíz Cortines No. 4209, Jardines en la Montaña, Tlalpan, Código Postal 14210, Ciudad de México, en los siguientes horarios:
- La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 09:30 a las 15:00 horas.
- La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes, tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 09:30 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
Vía telefónica: 9126-0100