Tramite de Aviso de inicio de actividades de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos

Aviso de inicio de actividades de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos

¿Qué es el tramite de Aviso de inicio de actividades de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos

¿Eres Regulado y estás por realizar actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial del Sector Hidrocarburos? En caso afirmativo, deberás dar aviso a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector, Energía y Ambiente (ASEA) al menos cinco días hábiles antes de comenzar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, tal como la sísmica

¿Cómo se hace tramite de Aviso de inicio de actividades de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos

Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente

Aviso de inicio de actividades de reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos

¿Eres Regulado y estás por realizar actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial del Sector Hidrocarburos? En caso afirmativo, deberás dar aviso a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector, Energía y Ambiente (ASEA) al menos cinco días hábiles antes de comenzar las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, tal como la sísmica

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Para la conclusión de operaciones de la Construcción de Pozos costa afuera, deberás entregar el formato FF-ASEA-039 debidamente requisitado, adjuntando en forma física o digital lo establecido en su numeral 15; siendo lo siguiente:

a) Informe detallado de la Construcción del Pozo, que deberá incluir, al menos, la siguiente información:
i. Análisis comparativo de lo programado contra lo real, de las siguientes operaciones: a. Perforación, y 

b) Terminación, incluyendo la Estimulación y las Pruebas de Producción (cuando aplique).
ii. Estado mecánico final;
iii. En el caso de que el Pozo resulte taponado como parte de la Construcción del Pozo, deberán entregar el reporte detallado de la conclusión del Taponamiento, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 154 BIS, y
iv. Evidencia de atención a las recomendaciones del Análisis de Riesgo de la ingeniería

Original

Para la conclusión de operaciones en la Construcción de Pozos en áreas terrestres, deberás entregar el formato FF-ASEA-039 debidamente requisitado, adjuntando en forma física o digital lo establecido en su numeral 16; siendo lo siguiente:

a) Informe detallado de la Construcción del Pozo.
i. Análisis comparativo de lo programado contra lo real, de las siguientes operaciones: a. Perforación, y b. Terminación, incluyendo la Estimulación y las Pruebas de Producción (cuando aplique).
ii. Estado mecánico final;
iii. En el caso de que el Pozo resulte taponado como parte de la Construcción del Pozo, deberán entregar el reporte detallado de la conclusión del Taponamiento, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 154 BIS, y iv. Evidencia de atención a las recomendaciones del Análisis de Riesgo de la ingeniería

Original

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Reúne los requisitos y documentos y entrégalos en el área de atención al Regulado de ASEA, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Jardines en la Montaña, Tlalpan, Código Postal 14210, Ciudad de México.

Para el inicio de actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, deberás entregar el formato FF-ASEA-038 debidamente requisitado, adjuntando en forma física o digital lo establecido en su numeral 16

Nota: Consulta aquí el acuerdo por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

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